Respuesta del defensor del Pueblo Andaluz
NOTA DE PRENSA
En relación con el escrito del diputado del Parlamento D. Antonio Hurtado, que recoge la prensa local y nacional, dirigido tanto a la Alcaldía de Córdoba, como al Defensor del Pueblo Andaluz, en el que solicita la intervención de estas dos instituciones con el fin de que no se exima de pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) por la Mezquita-Catedral de Córdoba, a la Iglesia Católica (Cabildo Catedral de Córdoba), esta organización se ha dirigido también a ambas instituciones instándolas a que no tramiten esta solicitud de no exención del pago del IBI, dado que la Mezquita de Córdoba no es propiedad de la Iglesia Católica, sino que es patrimonio público, ya que la inscripción en el registro de la propiedad realizada en el año 2006, en virtud de los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario, no es legal, dado que los citados artículos son, a todas luces, inconstitucionales.
Por la misma razón, le pedimos tanto al Alcalde de Córdoba, como al Defensor del Pueblo Andaluz que intervengan ante la Justicia, el Gobierno de España y la Junta de Andalucía para que se anule la inscripción de la Mezquita en el registro de la propiedad, en nombre del Cabido Catedralicio y, de esta forma, la Mezquita de Córdoba sea de pleno derecho patrimonio público.
RESPUESTA
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